La Junta Comunal 1 visitará San Telmo el 23 de febrero

Las autoridades de la Junta Comunal 1 anunciaron un cronograma de visitas a los barrios que integran la Comuna 1. Entre sus objetivos:

Concurrirán y escucharàn necesidades y propuestas relacionadas con las competencias que iràn siendo transferidas.

Tambièn inscribiràn durante la visita, a quienes quieran hacerlo para participar del Consejo Consultivo Comunal que se llevará a cabo el 7 de MARZO a las 17.30 hs. en la Manzana de Las Luces (Perù 272).

Cronograma de visitas:

Febrero

Jue 23  de 18 a 20 hs    SAN TELMO – Local ESTADOS UNIDOS 482

Vie  24  de 17 a 19 hs    CONSTITUCION – Fac.de Cs.Sociales UBA-Sgo del Estero 1058 –

Mar 28  de 16 a 18 hs    BARRIO MUJICA – Escuela Fili Dei calle 8 y 5-

Mar 28  de 18.30 a 20.30 hs RETIRO – Circulo Italiano-Libertad 1264 –

Mie 29  de 18 a 20 hs-    SAN NICOLAS – Consejo de Cs. Económicas – Viamonte 1549–

Jue 1º    de 18 a 20 hs    PUERTO  MADERO – DIRECCION GRAL DE MUSEOSBoulevard de loas Italianos 851

Vie 2     de 16 a 18 hs    MONSERRAT / Asoc.Nazionale Italiana- Alsina 1465

Miembros de la Junta Comunal 1:

Dra. Cristina Brunet (Presidente), Lic. Martin Bochkezanian, Lic. Mirta Marcos, Prof. Daniel Vigo, Prof. Edith Oviedo, Lic. Alejandro Szer y Dra. Mara Lavalle

¿Cómo funcionan las Juntas Comunales?

Cada una de las 15 comunas es regida por un cuerpo de seis miembros y un presidente votados por los vecinos con domicilio en esa comuna. Son cargos remunerados, con un mandato de cuatro años, y no pueden ser reelectos salvo después de un lapso de cuatro años.

El presidente tiene responsabilidades de vocal y representante legal de la Junta Comunal en el Consejo de Coordinación InterComunal, que es el órgano de consenso político entre las 15 comunas y el Poder Ejecutivo.

Este consejo es compuesto por los presidentes de las 15 Juntas Comunales, más el Jefe/a de Gobierno o, en su defecto, por el funcionario que el mismo designe.

El resto de los miembros de la junta dividirán sus responsabilidades en distintas áreas de gestión, según las necesidades y características de cada comuna.

Sin embargo, todas las Juntas Comunales deben contar con un Área de Participación Vecinal y una de Control Comunal.

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