Tarjeta SUBE

Defensa del Consumidor detectó casi 130 comercios, principalmente kioscos, que cobraban un adicional por esa transacción. El cobro está prohibido por ley.
En la Ciudad de Buenos Aires, todos los comercios que proveen el servicio de carga de crédito virtual en teléfonos celulares y/o en tarjetas SUBE, deben exhibir un cartel con la siguiente leyenda: Sr/a Usuario/a: cobrar adicionales o exigir la compra de un producto por la prestación del servicio de carga de crédito en teléfonos celulares o en la tarjeta SUBE es una práctica abusiva que transgrede lo establecido en el Art 8º bis de la Ley Nº 24.240 de Defensa del Consumidor.

Cualquier duda llamar al 147 o mandar un mail a [email protected]

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