La gestión de la Junta de la Comuna 1

En el marco de la primera convocatoria del Consejo Consultivo de la Comuna 1, aquí presentamos información sobre las áreas de gestión de la Junta Comunal.

El 7 de marzo a las 17:30 se llevará a cabo la primer reunión del Consejo Consultivo de la Comuna 1 en la Manzana de las Luces- Perú 272 CABA.

Pueden particicpar vecinos y representantes de las organizaciones con intereses y actuación en el territorio de la Comuna, y los datos para inscribirse son: -en el caso de los vecinos- apellido, nombre, dirección, teléfono, mail; y -en el caso de las organizaciones-, nombre, tipo de organización, estatuto, acta con designación de autoridades (los que la tuviesen), domicilio legal en la Comuna, telefono, mail y los datos de un representante que acredite su representación (poder). Los interesados podrán solicitar mayor información a: [email protected]

Las áreas de gestión de la Junta Comunal y sus titulares se encuentran abajo:

La planificación de la acción de cada área y el presupuesto que este requiera será resuelta por la Junta Comunal. Cada titular de área tendrá a su cargo la ejecución y supervisión de las resoluciones de la Junta del área a su cargo así como la interacción con otros organismos de gobierno en el área de su competencia.

1) MANTENIMIENTO URBANO: Martin Bochkezanian (PRO)

Planificación, ejecución y control de los trabajos de mantenimiento urbano de las vías secundarias y otras de menor jerarquía.

2) MANTENIMIENTO DE ESPACIOS VERDES: Mirta Marcos (PRO)

Planificación, ejecución y control.

3) DESARROLLO ECONOMICO LOCAL: Alejandro Szer (FPV)

Procura el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes de la Comuna.

4) CONSEJO CONSULTIVO COMUNAL: Daniel Vigo (PRO)

Garantizan el funcionamiento del mismo y desarrolla mecanismos de democracia participativa.

5) DEPORTES: Alejandro Szer (FPV)

Elaboración y planificación de dicha área en el ámbito territorial de la Comuna.

6) CULTURA Y PATRIMONIO HISTÓRICO: Edith Oviedo (FPV)

Planificación y promoción de las diferentes expresiones culturales con participación vecinal, respetando las identidades barriales.

7) MEDIOAMBIENTE: Edith Oviedo (FPV)

Participación en la planificación, elaboración y promoción de políticas que procuren el mejoramiento en la calidad de vida del habitante de la Comuna.

8) SEGURIDAD: Mirta Marcos (PRO)

Participación de los foros de seguridad en el ámbito territorial y de competencia de la Comuna.

9) SALUD: Maria Elvira Lavalle (PS)

Planificación y elaboración de políticas dentro de la esfera de sus competencias

10) EDUCACION: Daniel Vigo (PRO)

Participación en la planificación y elaboración de políticas dentro de las competencias de la Comuna.

11) CUERPO DE INSPECTORES: Martin Bochkezanian (PRO)

Instrumentar su organización optimizando el control de los trabajos planificados desde la Comuna.

12) CONTROL DE SERVICIOS PUBLICOS: Maria Elvira Lavalle (PS)

Servicios prestados en la Comuna.

Por otra parte se encuentra abierta la inscripción para participar del Consejo Consultivo de la Comuna 1 (ver las funciones…), cuya primera reunión está convocada para el miércoles 7 de marzo a las 17;30 hs en la “Manzana de las Luces” (Perú 272). Los interesados podrán solicitar mayor información a [email protected]

LAS FUNCIONES DEL CONSEJO CONSULTIVO COMUNAL (Ley 1777)

Artículo 35.- Funciones. Son funciones del Consejo Consultivo Comunal:

a.  Participar del proceso de elaboración del programa de acción anual y anteproyecto de presupuesto de la Comuna y definir prioridades presupuestarias y de obras y servicios públicos.

b.  Efectuar el seguimiento, evaluar la gestión Comunal y supervisar el cumplimiento de la correcta prestación de los servicios públicos brindados por el Poder Ejecutivo en la Comuna.

c.  Presentar ante la Junta Comunal iniciativas así como propuestas para la implementación de programas y políticas de interés comunitario.

d. Formular solicitudes de convocatoria a audiencia pública y a consulta popular.

e. Promover, ordenar, canalizar y realizar el seguimiento de las demandas, reclamos, proyectos y propuestas de los vecinos.

f.  Promover políticas de comunicación ciudadana, de acceso a la información y de participación vecinal.

g. Promover la utilización de los mecanismos de participación ciudadana entre los vecinos de la Comuna.

h. Controlar la ejecución del presupuesto de la Comuna.ç

i. Elaborar las normas de su funcionamiento interno en consonancia con la presente ley.

j. Generar espacios abiertos de discusión, foros y toda otra forma de participación directa para debatir y elaborar propuestas sobre acciones, obras, programas y políticas públicas.

k. Asesorar a la Junta Comunal sobre las materias que son competencia de la Comuna.

Artículo 36.- Funcionamiento. El Consejo Consultivo Comunal funciona descentralizadamente, debiendo rotar el lugar de reunión entre los distintos barrios que integren la respectiva Comuna.

Podrá autoconvocarse de acuerdo a lo que establezcan las normas para su funcionamiento interno.

Se reunirá al menos una vez al mes, en fecha, hora y lugar ampliamente difundidos en todo el territorio Comunal.

Artículo 37.- Tratamiento obligatorio. Las recomendaciones emanadas del Consejo Consultivo Comunal son de consideración obligatoria por la Junta Comunal.

Artículo 38.- Mecanismos de participación ciudadana. Se aplican en el ámbito de la Comuna, las disposiciones de las leyes que regulan los mecanismos de audiencia pública, iniciativa popular, referéndum y consulta popular, derecho a la información y revocatoria de mandato, todo en cuanto sean aplicables.

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