Plaza de Mayo, patrimonio argentino

El 9 de junio de 1942, poco tiempo después de que se fundara la Comisión Nacional de Monumentos, ésta declaró a la Plaza de Mayo como Lugar Histórico Nacional, al mismo tiempo que a la Plaza San Martín. Aquellos próceres de la preservación del patrimonio lo hicieron en la creencia de que las leyes serían respetadas en los tiempos por venir y en la absoluta seguridad de que la Historia debe estar presente más allá del tiempo de una generación. Se trataba y se trata de que se preserven los hechos que nos conformaron como sociedad.

Hace pocos días, y por intermedio de los medios periodísticos, me entero de una supuesta “puesta en valor” de la Plaza Fundacional de la ciudad. Ya en varias Cartas de Lectores publicadas en el año 2006 a raíz del irracional proyecto de entonces de convertirla en una plaza municipalista española de la Edad Media de apariencia postmo, me referí al atropello a nuestro patrimonio.

Decía entonces:

“La imagen que vive en el inconsciente colectivo argentino desde hace cuatro generaciones es la de la Plaza de Mayo actual: la remodelación de Carlos Thays cuando la apertura de la Avenida de Mayo en 1894. No es posible remodelarla, sino que hay que restaurarla.”

En aquellos momentos, hasta la prensa especializada extranjera se ocupó de asombrar al mundo divulgando la barbaridad que se estaba por cometer en esta ciudad del Sur de América, como la Historic Gardens Review de Londres. La reacción actual a este proyecto de cambio de un lugar histórico protegido por ley en su integridad será muchísimo más amplia y contundente.

Estos cambios que se pretenden introducir a nuestra ex Plaza Mayor, el “escenario de la vida argentina” -cómo titulamos un libro que con su historia publicamos hace décadas- deben hacerse con la anuencia de la mencionada Comisión. Desconozco si se ha seguido ese procedimiento legal. Si la consulta hubiera existido, y hubiera sido aprobada, la Comisión tiene la obligación de informar a la población dando a publicidad el informe técnico completo y fundamentado que avale estos hechos, firmado por los profesionales que hubieran intervenido. Si el Gobierno de la Ciudad está efectuando los trabajos sin el permiso de la Comisión, está actuando en una doble ilegalidad.

La Plaza de Mayo no es de nadie en particular y es de todos los argentinos colectivamente. Es el lugar más sagrado de la civilidad argentina. No se la puede atacar con continuos cambios que la alteren físicamente. ¿Por qué hay que cambiar su fisonomía, su diseño y su vegetación? ¿Quién se cree mejor paisajista que Carlos Thays? Quienes atentan contra el patrimonio ¿Conocen las leyes vigentes? ¿Han hecho una consulta nacional a especialistas sobre esta transformación? ¿Han leído los libros con su historia secular? ¿O se creen tan soberbios que pueden alterar lo que es de todos los argentinos porque se les “da la gana”? ¿O hay otras cosas por atrás que no conocemos?

El primer libro que se editara sobre “Los monumentos y lugares históricos de la Argentina” (1948, por Carlos Vigil), se inicia, precisamente, con la Plaza de Mayo, dándole a este bien el primerísimo lugar que ocupa dentro del patrimonio argentino.

La Plaza de Mayo, como jardín histórico que es, tiene el carácter de obra de arte, significada por cada uno de nosotros y por todos los acontecimientos históricos que allí se conjugan.

Por sus valores materiales e intangibles, también cuenta con la protección municipal que le da su inclusión en el APH N° 1. Al respecto, el Código de Planeamiento Urbano, en su Sección 5, 4.1.2.2.1. establece:

“En el espacio propio de la plaza de Mayo sólo se permitirán trabajos de conservación y mantenimiento de los elementos preexistentes. Todo proyecto modificatorio deberá contar con visado previo del Consejo y aprobado por Ley.

  1. Aceras y calzadas: Se mantendrán las dimensiones actuales de las veredas. Las aceras de piedra original deberán conservarse reponiendo las faltantes con materiales similares, previa aprobación del Consejo. Las restantes serán de mosaico calcáreo tipo vainilla color blanco. (…)
  1. e) Forestación: La conservación, reposición y renovación de las especies vegetales existentes se hará atendiendo no sólo a razones paisajísticas sino también históricas y tradicionales (…).

Además de los desproporcionados gastos en dinero que este tipo de obras conllevan y que los solventamos entre todos, por la ignorancia y la soberbia de momentáneos funcionarios, y por profesionales cómplices de esos hechos delictivos, estamos cada día perdiendo nuestra identidad como pueblo al que los bienes materiales e intangibles conforman.

¡Y pensar que hay todavía quienes quieren presentar a Buenos Aires para integrar la Lista del Patrimonio de la Humanidad! ¿Con sus principales valores subvertidos? ¿Al tiempo que la mayoría de las ciudades del mundo están tratando de proteger su pasado?

Las huestes de Atila siguen asolando el suelo patrio, robándonos la riqueza que es de todos nosotros, aquel “verdadero pueblo” al decir de Sarmiento cuyas premonitorias palabras tienen más actualidad que nunca: Civilización o barbarie.

Escribo estas líneas con el dolor a flor de piel que me provoca tanto desatino. Esperemos que esta vez solo sea una confusión momentánea y que el arrepentimiento envuelva a los responsables de este atropello, devolviéndole la vida al patrimonio atacado, abonando los culpables con el dinero de sus propios bolsillos la tan necesaria vuelta atrás.

La Ley 4830, promulgada por la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires en diciembre de 2013, establece las penalidades que deberán sufrir quienes destruyan el patrimonio cultural de la ciudad. En realidad, estuvo pensada para castigar a los vecinos, turistas, profesionales y empresas que arruinan lo que se debe preservar. Pero ¿Y si los que lo destruyen son los propios funcionarios del gobierno -sea este local o nacional o ambos en conjunto-, deberían tener esas mismas penas o, dado que son responsables de cuidar lo que es de todos por nuestra delegación ciudadana de poder (y encima les pagamos sueldos), otras más agravadas?

Los organismos creados ad hoc (como la Comisión Nacional de Monumentos, de Lugares y Bienes Históricos; la Dirección de Interpretación Urbanística; la Dirección de Patrimonio del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, así como los respectivos de cada provincia argentina), deben respetar y hacer respetar, cuidar, proteger, restaurar, los bienes patrimoniales bajo su tutela y no -como estamos viendo- destruirlos y avasallarlos.

Una sociedad que destruye su basamento material, cae en el vacío: los edificios o parques o centros históricos son los documentos del pasado que fueron dando forma a nuestra identidad como Nación. Otros bienes intangibles nos proveyeron de principios morales que no debemos olvidar, sino honrar y enaltecer con nuestro accionar cotidiano.

Sonia Berjman

 

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