Veredas rotas ¿Quién se tiene que hacer cargo?

Vereda rota México y Perú

Todos sabemos lo mal que están las veredas en Buenos Aires. No solamente rotas, sino muchas veces surcadas por zanjas y canaletas, que las diversas empresas de servicios realizan para sus reparaciones, aumentando el riesgo con señalizaciones precarias, sembradas con piedras, alambres y cintas de diverso tipo.

Lo que en todo lugar es un peligro para el peatón, en el casco histórico y en San Telmo concretamente dado el ancho menor con que se construyeron, es un verdadero desafío a la integridad física.

Todas las autoridades -nacionales y del gobierno local, como así diversas ONGs- suelen hacer gala de tratar de evitar las «barreras arquitectónicas», de facilitar la «accesibilidad», para que los discapacitados de diverso tipo tengan derecho a una vida ciudadana que los incluya y que no los «recluya» en sus domicilios.

Sin embargo, el estado de las veredas es un continuo aliciente al aumento de las discapacidades. ¡Cuántas fracturas de pie, de tobillo y de cadera, sobre todo en personas de la tercera edad provocan las veredas mal cuidadas de Buenos Aires! En la jurisprudencia de los tribunales de la ciudad, hay continuas sentencias que condenas a los diversos responsables (estado, empresa concesionarias de servicios, propietarios de obras en construcción y consorcios frentistas) a pagar indemnizaciones, en algunos casos, importantes.

Porque la obligación de no dañar al otro, consagrada en los arts. 1109 y 1113 del Código Civil, da sustento -junto al flagrante incumplimiento de las mismas ordenanzas vigentes o leyes de seguridad e higiene en obras públicas o privadas- a tales demandas.

Pero el tema no es pagar una incapacidad, sino evitar que se produzca. Y para eso es necesario una enérgica concientización sobre un tema fundamental: las veredas constituyen un espacio público cuya obligación de conservación pesa sobre el Estado, sobre toda empresa que interviene en obras que provoquen modificaciones en su continuidad transitable e incluso sobre los consorcios o propietarios frentistas que al realizar trabajos ya sea de gas, agua o electricidad en favor de sus edificios, se desentienden del estado de las aceras una vez solucionado el problema que hizo contratar el trabajo.

El acceso a la justicia permite que se tomen acciones «preventivas» frente a las veredas en estado peligroso, basadas estas en la Constitución Nacional -en cuanto protege al «medio ambiente», del cual la vía pública es una parte-, en la Constitución de la Ciudad y en las normas del Código Civil que facultan para prevenir un daño temido, que a su vez tiene específicas preceptivas procesales.

Hoy que está en debate la democratización de la justicia, es importante que los habitantes de la ciudad sepan que la más genuina «democratización», es la ampliación de los conocimientos sobre las «armas legales» que le permiten cuidarse de los riesgos antes que estos se conviertan en «daños». Y si ellos desgraciadamente se producen, que logren una reparación integral.

La prevención es fundamental para que transitar las calles de nuestro barrio o de nuestra ciudad, no se convierta en una verdadera carrera de obstáculos similar a un «Dakar» urbano.

 

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